Villa Clara: sancionan a cinco personas por delitos de robo con fuerza y receptación

Tribunal Provincial de Villa Clara
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Tribunal Provincial de Villa Clara

En juicio oral y público ejemplarizante, cinco ciudadanos del municipio de Sagua La Grande fueron juzgados por los delitos de robo con fuerza en las cosas y receptación, en la causa 83 del 2024, de la radicación de la Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Villa Clara. 

Los imputados, tres de ellos extrabajadores del molino arrocero sagüero, sustrajeron de la Empresa Agroindustrial de Granos Emilio Córdoba 42 sacos y medio de arroz con cáscara, equivalentes a más de una tonelada, lo que ocasionó un gran perjuicio económico para dicha entidad y sus trabajadores.

La modalidad de robo con fuerza en las cosas, que se tipifica en estos hechos, prevé sanciones de 3 a 8 años de privación de libertad y, atendiendo a su alta lesividad social —al tratarse de un producto indispensable para el consumo de la población, y ocurrir en un centro estatal estratégico para el desarrollo económico y social del país—, tres de sus autores fueron condenados a seis años de privación temporal de libertad, y un cuarto acusado, a cuatro años subsidiados por trabajo correccional con internamiento. 

A ellos también se les impuso la obligación de reparar el daño material causado a la entidad mencionada, por la suma de 105 mil 928.15 CUP. 

Al quinto implicado en los hechos se le ocuparon 12 sacos y medio de arroz pelado. Su actuar constituye un delito de receptación, para el cual se establecen condenas de seis meses a dos años de privación temporal de libertad o multa de cien a trescientas cuotas o ambas. En este caso se impuso la pena de un año de privación temporal de libertad.

En todos los casos se aplicaron las medidas accesorias que prevé el artículo 42.1 y 3 del Código Penal, consistente en privación de sus derechos.

En la tramitación de la causa y durante el acto de juicio oral se cumplieron las garantías procesales y el respeto al debido proceso consagrado en la Constitución de la República de Cuba y en la Ley del Proceso Penal. 

A los sancionados, y a la Fiscalía, les asiste el derecho de interponer el recurso correspondiente contra la decisión del órgano judicial.

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