Nota informativa del Tribunal Provincial Popular de Holguín

Tribunal Provincial Popular de Holguín
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Juicio ejemplarizante. TPP Holguín

El miércoles 20 de mayo de 2026, la Sala Tercera Penal del Tribunal Provincial Popular de Holguín, celebró, con carácter de ejemplarizante, el juicio oral de la causa número 8 de 2026.

 

En el mismo se demostró que el acusado, desde hacía algún tiempo, venía vinculando a actividades delictivas relacionadas con las drogas ilícitas, por lo que, con la marcada intención de obtener fáciles ganancias, en circunstancias no definidas, 11 papelitos pequeños que contenían el cannabinoide sintético MDMB-4 en Pinaca, droga conocida por químico, los que depositó dentro de un pequeño frasco de cristal y se trasladó hasta el municipio de Cueto, para venderla, siendo detenido por agentes de la Policía Nacional Revolucionaria ocupándole dicho ilegal producto.

 

 La referida sustancia se puede fumar, ya que está mezclada con picaduras vegetales y también pueden ser impregnados en un papel que se fuma o se vaporiza, provoca alucinaciones visuales y auditivas, vómitos, paranoia, euforia, frecuencia cardiaca irregular, eventos serios como intoxicaciones agudas, y también puede producir la muerte. Esta droga se encuentra fiscalizada internacionalmente en la Lista 2 de Sustancias Psicotrópicas bajo control internacional de la Convención sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 de la Organización de Naciones Unidas, de la cual Cuba es signataria.

 

Los hechos juzgados tipifican el delito de tráfico de drogas, previsto y sancionado en el Artículo 235.1 a) del Código penal vigente.

 

En consecuencia, se le impuso al enjuiciado la sanción de 8 años de privación de libertad y las accesorias de esta consistentes en privación de derechos, prevista en el Artículo 42.1 a) b) c) d), la prohibición de salida del territorio nacional, del Artículo 59.1, y la del comiso, establecida en el Artículo 52.1, todas de la citada Ley sustantiva penal. 

 

El acto judicial se realizó respetando las garantías jurídicas y procesales contenidas en la Constitución de la República y en la Ley del proceso penal; norma legal que también franquea el derecho, al acusado y a la Fiscalía, de impugnar la sentencia del tribunal mediante el recurso de casación previsto para estos casos.

 

 

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