Magistrados, jueces profesionales y jueces legos

Los magistrados y jueces profesionales  son elegidos sin un límite de tiempo en sus mandatos, y sus nombramientos o revocaciones se publican en la Gaceta Oficial de la República para conocimiento público. Los magistrados del Tribunal Supremo son elegidos por la Asamblea Nacional o el Consejo de Estado, a propuesta del Presidente del Tribunal Supremo. Asimismo, los jueces profesionales en los demás tribunales son designados por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo, a propuesta de los tribunales provinciales. Los jueces asistentes de los magistrados son seleccionados por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo, a propuesta de los presidentes de sala, considerando las necesidades del servicio y las competencias demostradas en el ejercicio profesional. Este sistema garantiza una estructura judicial sólida y basada en la experiencia y méritos.

Los jueces legos son elegidos mediante un proceso participativo y transparente. Los del Tribunal Supremo Popular son designados por la Asamblea Nacional del Poder Popular o el Consejo de Estado, mientras que los de los demás tribunales son electos por las asambleas municipales del Poder Popular correspondientes. Su elección es voluntaria. Son electos por un mandato de cinco años, y el proceso de nominación se inicia con una solicitud del Presidente del Tribunal Supremo Popular, quien convoca a las asambleas correspondientes con al menos seis meses de antelación. Las comisiones de candidaturas, integradas por representantes de organizaciones sociales como la Central de Trabajadores de Cuba, los Comités de Defensa de la Revolución y otras, elaboran las propuestas de candidatos. Estas propuestas son presentadas en sesiones de las asambleas, donde los diputados o delegados pueden solicitar exclusiones, las cuales deben ser aprobadas por mayoría. La votación es directa, pública y a mano alzada, y los elegidos toman posesión en un acto solemne dentro de los 30 días hábiles posteriores a su elección. Este proceso garantiza la participación ciudadana y la transparencia en la selección de los jueces legos.

Magistrados y Jueces profesionales

Para ser elegido magistrado o juez profesional, se requieren condiciones específicas que garanticen la idoneidad y ética en el ejercicio de la función judicial. Entre los requisitos generales se encuentran poseer un título habilitante en Derecho, ser ciudadano cubano con residencia efectiva en el país, y contar con un buen concepto público y cualidades morales. 

La experiencia previa como jurista o docente en Derecho también es fundamental, con plazos que varían según el nivel del tribunal: 10 años para magistrados, 5 para tribunales provinciales y 2 para municipales, aunque se exceptúa a los recién graduados que ingresan al sistema judicial. Excepcionalmente, el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo puede prescindir de algunos de estos requisitos para proponer o promover magistrados y jueces. 

El perfil de la carrera judicial exige competencias como formación jurídica, independencia, imparcialidad, capacidad de interpretar y argumentar el Derecho, así como cualidades éticas como humanismo, integridad, transparencia y compromiso con la justicia y la realidad social.

Jueces legos

Los jueces legos desempeñan un papel fundamental en la impartición de justicia, participando en igualdad de derechos y deberes que los magistrados y jueces profesionales, conforme a lo establecido en la ley y su reglamento. Su función judicial, dada su relevancia social, tiene prioridad sobre su ocupación laboral habitual. 

Para ejercer como juez lego, se exige mantener una buena actitud ante el trabajo, una conducta ejemplar en el cumplimiento de sus deberes, un nivel educacional adecuado, disposición para la función judicial y un buen concepto público. Además, se establecen requisitos de edad: 30 años para el Tribunal Supremo Popular y 18 años para los demás tribunales. 

No pueden ser elegidos como jueces legos quienes posean un título universitario en Derecho, y aquellos que lo obtengan durante su desempeño cesarán en su función jurisdiccional.