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“Tuve que salir de la sala a secarme las lágrimas, por verme maniatada legalmente, sin poder poner ni una multa a un hombre que ejercía violencia y todos los días dejaba trancados a la mujer y al niño en la casa”, confesó Mariela Lobaina Marrero, jueza del Tribunal Provincial de Holguín, con 20 años de experiencia, y especialista en Derecho Civil y de Familia.
Como otros juristas, cree que el proyecto de Código de las Familias (CF) es resultado de la práctica judicial.
Génesis del progreso
“Los primeros procesos de guarda y cuidado y reglas de comunicación los tramitábamos sin conocer a papá, mamá, niño... Sabía de la litis a través de los escritos que presentaban los abogados, con quienes me entendía. Se dictaba una sentencia con fundamentos de prueba, pero imagina lo que una persona con resentimiento traslada… No llegábamos a conciliar jamás. A la hora de ejecutar es que sabías a qué familia te enfrentabas: era de atrás para adelante, y ya no había solución, porque las sentencias estaban dictadas y eran inalterables.
“Entonces, el Tribunal Supremo tomó un artículo de la Ley y mediante diferentes instrucciones, hizo un proceder familiar para poder armonizar los conflictos. Automáticamente, vimos el cambio.
“Comenzamos con tribunales experimentales. Aquí, en Holguín, se hacía solo en Velasco. Al inicio, los niños se podían escuchar si tenían 7 años; pero algunos, con tres años tienen lenguaje fluido y, apoyándonos en especialistas, podíamos saber dónde estaba el conflicto. Somos Estado Parte de la Convención sobre los derechos del Niño, la cual plantea que el niño involucrado en un proceso judicial tiene derecho a ser escuchado.
“Este CF es el resultado de tantos años de chocar con esos problemas. El juez no hace jurisprudencia, debe trabajar con apego a las leyes; si no hay una norma que me ampare, ¿cómo justifico la solución? “Este Código responde a nuestra realidad. Que una persona no esté de acuerdo con determinados aspectos, no quiere decir que otras no los estén padeciendo; por eso es un código de afectos y de derechos para todos.
Casos que necesitan el nuevo código
“¿Cuántos divorcios no lográbamos resolver cuando venían a liquidar bienes, porque decían esto lo compré yo y aquello lo compró ella? Ahora, se tiene la posibilidad de elegir el régimen de separación de bienes, o el mixto, por pacto ante notario, antes de contraer matrimonio.
“Siempre ha sido ama de casa, no tengo por qué darle algo si no aportó nada. Ahora, hay un reconocimiento al trabajo doméstico, porque esa mujer aportó en la formación de la familia, quizá más que el hombre que traía el salario.
“Estaban los matrimonios efímeros, de pocos meses. Uno de los dos salía de misión y no entendía que lo comprado allá tenía que compartirlo. Como no teníamos esta norma, había que liquidarlo a la mitad.
“Declaramos incapaces a personas con esquizofrenia. Cuando salían de la crisis, estaban capacitadas, mas ya no podíamos revertirlo. Ahora, se trata de graduar hasta qué punto no pueden hacer un trámite legal y necesitan apoyo.
“Por la situación migratoria, los niños quedan, mayormente, con las abuelas, quienes no tienen amparo legal, porque sin una sentencia que les otorgue la custodia, no se les puede dar ni siquiera un círculo infantil.
“Había madres que se separaban del padre estando embarazadas y decían cómo él no va a ser responsable de alimentar al hijo que llevo dentro. Y no podíamos hacerle un proceso de alimento.
“Muchos hablan en contra de la adopción por parte de dos personas del mismo sexo, y ¿eso no está pasando? He tenido casos en los que los padres se separan porque la madre se ha identificado como lesbiana, y ¿el menor no queda viviendo con dos mujeres?”.
¿Por qué el Sí?
“Porque al ser Ley, rige todas las problemáticas familiares de la Cuba de hoy y podremos aplicarla para solucionar los conflictos de una mejor manera”.