- 83 views

La unidad entre los verdaderos patriotas cubanos es y será la piedra angular de nuestra existencia como nación libre y soberana, y de Cuba como Estado socialista del Derecho y de justicia social consagrado en la Constitución de la República.
Así lo hemos aprendido desde las gestas emancipadoras iniciadas en 1868 hasta nuestros días. Así nos lo enseñaron Martí
y Fidel, y otros muchos de nuestros próceres, héroes y mártires de las luchas por la independencia y la autodeterminación del país
La historia misma de la Revolución, desde sus orígenes hasta el triunfo luminoso del 1ro de enero de 1959 y, posteriormente, a lo largo de más de 64 años transcurridos desde entonces, está indisolublemente ligada a la persistencia en la lucha por la unidad de patriotas y revolucionarios, por encima de cualquier diferencia o circunstancia.
Fomentarla y preservarla frente a los continuos embates de quienes desde adentro y fuera de nuestro territorio pretendieron o pretenden fragmentarla, ha sido premisa imprescindible y permanente para la inmensa mayoría del pueblo cubano y sus líderes.
Esa vocación y determinación por la unidad se ha puesto de manifiesto y está presente en los más diversos ámbitos de la vida de la nación y, naturalmente, también tiene clara expresión en el desarrollo de la actividad judicial autóctona.
Este acto de conmemoración responde, precisamente, a la necesidad de resaltar el Aniversario 50 de un acontecimiento trascendental en la historia del Derecho y de la justicia judicial cubana: El 23 de diciembre de 1973 quedó constituido el Tribunal Supremo Popular y, de ese modo, se iniciaba la implementación del nuevo sistema de tribunales, instituido por la Ley No. 1250, “Ley de Organización del Sistema Judicial”, promulgada el 23 de junio de ese propio año, que dispuso la unificación en una sola estructura jurisdiccional de carácter sistémico y plural las distintas y diversas jurisdicciones y órganos jurisdiccionales que hasta entonces coexistían de forma paralela en el país, incluyendo las correspondientes a las instituciones militares, a la cabeza de cuya estructura se situó, como máxima autoridad judicial, el Tribunal Supremo Popular.
Fue, sin dudas, un hito de extraordinaria relevancia que marcó el inicio de una nueva y superior institucionalidad para la función de impartir justicia, en nuestro país basada en la unidad orgánica y jurisdiccional de los tribunales y en el carácter esencialmente popular que debe marcar su desempeño.
En esa nueva concepción quedaron plasmadas, en la práctica, las ideas enarboladas al respecto por el Comandante en Jefe de la Revolución, Fidel Castro Ruz, y reiteradas en múltiples ocasiones por el General de Ejército Raúl Castro Ruz, líder de la Revolución y también por el Comandante del Ejército Rebelde José Ramón Machado Ventura, quien, durante decenas de años, nos dedicó su atención y sabias enseñanzas.
Oportunamente, esos conceptos quedaron consagrados en el texto de la Constitución de la República de 1976 y, más recientemente en el Capítulo V, de la Carta Magna promulgada en abril de 2019.
Sobre ellos, en la actualidad, nos insisten, una y otra vez, nuestro Primer Secretario del Partido y Presidente de la República y otros altos dirigentes del Partido y la Revolución
A la mencionada Ley No. 1250, le sucedieron, en años posteriores, varias normas de similar categoría, dedicadas a regular y actualizar de forma específica, las disposiciones relativas a la organización y funcionamiento del Sistema de Tribunales como fueron la Ley No. 70, de 12 de julio de 1990; la Ley No. 82, de 11 de julio de 1997, y la vigente Ley No. 140 de 28 de octubre de 2021.
A la par, para precisar las particularidades específicas propias de la realización de esta función en el ámbito de las instituciones militares, pero guardando la necesaria armonía y coherencia con las antes mencionadas normas, fueron promulgadas la Ley No. 1309 de 21 de agosto de 1976, la Ley No. 3 de 8 de agosto de 1977, la Ley No. 97 de 21 de diciembre de 2002 y más reciente, la Ley No. 146 de 21 de diciembre de 2021, bajo la denominación de Ley de los Tribunales Militares.
El decursar de este medio siglo de actuación sistémica e interconectada de los tribunales de justicia y todas sus jurisdicciones y, por tanto, de sus magistrados, jueces, secretarios judiciales, y demás personal bajo el liderazgo metodológico y jurisdiccional del Tribunal Supremo Popular y su Consejo de Gobierno, ha mostrado, con creces, su valía y pertinencia para el ejercicio más coherente, efectivo y transparente de la justicia como servicio público.
Como elementos palpables que sustentan la anterior afirmación cabe citar, entre otros, los siguientes:
- Estandarización en todas las instancias y materias de buenas prácticas que propician el cumplimiento del debido proceso y la tutela judicial efectiva.
- Despliegue de mecanismos internos de gestión de la calidad en el ejercicio de las funciones mediante acciones de supervisión, monitoreo y evaluación sistemática de resultados individuales y colectivos.
- Implantación de un programa integral y escalonado de formación y capacitación contínua para jueces que incluye la progresiva graduación de un creciente número como doctores y másteres en derecho.
- Desarrollo amplio y creciente de la investigación científica y la innovación en temas sustantivos y procesales de las normas y de la práctica judicial.
- Fuertes y fructíferas alianzas con profesores y alumnos de las universidades y, en especial, con los de las carreras de Derecho.
- Notables pasos de avances en la informatización y transformación digital de los procesos judiciales y otras áreas de la gestión de los tribunales.
- Puesta en práctica de una estrategia, programas y acciones de comunicación social, con el objetivo de contribuir al incremento de la cultura jurídica de la población.
- Intercambio directo de magistrados y jueces con vecinos de comunidades y con delegados y diputados que representan al pueblo en las asambleas municipales y la Asamblea Nacional del Poder Popular; y con colectivos de trabajadores en múltiples centros laborales del país.
- Frecuente interacción y diálogo de los magistrados del Tribunal Supremo Popular, con los jueces de las instancias inferiores, para abordar temas generales de Derecho y aspectos técnicos de la aplicación de la Ley en la impartición de justicia.
Esos avances y realizaciones no hubieran resultado posibles sin la materialización conceptual, funcional y orgánica de la unidad jurisdiccional, nacida hace ya medio siglo, al calor del proceso de institucionalización llevado a cabo por la dirección de la Revolución en aquellos años.
A partir de aquella visionaria decisión se instaló y desarrolló entre los integrantes de los tribunales de justicia la cohesión y el espíritu de cuerpo unitario que, en lo sucesivo, continuaría fortaleciéndose a la par de la plena vigencia y respeto de los principios de independencia e imparcialidad judicial, expresamente enarbolados en la Constitución y las leyes, y de la inquebrantable vocación y el compromiso de servir a la Revolución y al pueblo en cuyo nombre ejercemos la función.
Unido a ello hay que destacar la tremenda calidad humana, profesional y ética, y el profundo sentido de justicia que, junto a otros valores, como la humildad, la sensibilidad, el humanismo y el patriotismo, han caracterizado a quienes, a lo largo de todos estos años, han integrado, o aún forman parte, de las filas de estos órganos, y han dedicado o dedican parte importante de sus vidas, a nuestra compleja y hermosa tarea, haciéndola, en no pocas ocasiones, en condiciones difíciles y adversas.
Mención especial para las mujeres y los jóvenes cuya presencia hoy predomina entre los jueces y otros integrantes de la institución en el país, quienes asumen el ejercicio de la función con ejemplar responsabilidad y consagración, convirtiéndose de hecho, en la actualidad, en columna vertebral del sistema.
Tampoco puede obviarse la enorme relevancia que ha tenido y tiene, la participación de los jueces legos junto a los jueces profesionales, en los actos de impartir justicia, como fórmula genuina, de innegable carácter democrático y popular de intervención directa de la ciudadanía en uno de los ámbitos más significativos de expresión del poder del Estado como es la actividad judicial.
Nuestra mayor satisfacción y el más grande estímulo que hemos recibido en estos primeros 50 años de constituido el sistema es precisamente contar, en sentido general, con un alto nivel de confianza de la población, el Partido y la Dirección de la Revolución, en el desempeño de nuestros órganos, manifestado, de forma expresa o tácita, por diversos medios y maneras pero, muy en particular, en ocasión de los procesos de rendición de cuenta del Tribunal Supremo Popular a la Asamblea Nacional, realizados de forma periódica y siempre caracterizados por disímiles espacios de intercambio y retroalimentación, no solo con los representantes del pueblo en nuestro Parlamento, sino además, con diversos grupos poblacionales y colectivos de trabajadores a lo largo y ancho del país.
No obstante, continuaremos prestando la atención necesaria a erradicar las debilidades e insuficiencias que, en ocasiones, se detectan en el trabajo de algunos de los integrantes de estos órganos, con plena conciencia de la trascendencia de la actividad judicial para la vida de las personas, las instituciones y entidades y para la sociedad en su conjunto.
La nueva Constitución de la República promulgada en abril de 2019, en su Capítulo V, artículos del 147 al 155, ratificó plenamente para el presente y el futuro, esos principios rectores de la organización y funcionamiento del sistema de órganos jurisdiccionales del país, los cuales, con posterioridad fueron ampliamente desarrollados –por mandato expreso de la propia Carta Magna–, al promulgarse la Ley No. 140, “Ley de los Tribunales de Justicia”, que entró en vigor el 1ro de enero de 2022.
Esta conmemoración nos encuentra enfrascados en pleno apogeo de la implementación de la profunda reforma sustantiva procesal y judicial derivada de las recientes nuevas leyes, aprobadas y puestas en vigor en el transcurso de los últimos tres años, las que, impactan y transforman sustancialmente los modelos de la actuación judicial, en la tramitación y el juzgamiento de los asuntos.
La correcta aplicación de esos profundos cambios ha requerido de los tribunales, el despliegue de un amplio y permanente ambiente de aprendizaje, capacitación y entrenamiento, en aras de garantizar el dominio y la experticia necesarios para asegurar su efectiva vigencia.
Ese proceso ampliamente innovador ha discurrido en la práctica de forma positiva lo que, en gran medida, ha sido posible, gracias a la labor cohesionada, responsable e interactiva de los diferentes órganos que integran el sistema, y de sus magistrados, jueces y secretarios judiciales, todos bajo la conducción y la labor orientadora del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular.
También es oportuno destacar, como un resultado de suma importancia para la buena marcha de la justicia judicial, las estrechas relaciones de intercambio y coordinación que, a lo largo de estos años, se han establecido entre los directivos de los tribunales a todos los niveles, con los jefes o representantes, en las instancias correspondientes, de la Fiscalía (cuyos integrantes también están de aniversario), el Ministerio de Justicia, la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, la Policía Nacional Revolucionaria, y los Órganos de Investigación Criminal del Ministerio del Interior.
Se trata de vínculos sistemáticos de diálogo e interacción, basados en el respeto mutuo, y la no interferencia en las respectivas funciones y atribuciones y la voluntad compartida de garantizar la mayor calidad posible en la impartición de justicia.
Con motivo de este aniversario, a lo largo de todo el año, los colectivos de jueces y demás trabajadores de cada uno de nuestros órganos, han realizado numerosas actividades, de diversa índole, como actos de conmemoración de acontecimientos históricos, visitas a sitios emblemáticos de la Revolución, jornada de trabajo voluntario en la agricultura, encuentros deportivos y culturales, simposios y talleres de ciencia e innovación, intercambios con jueces y otros trabajadores jubilados, actos de reafirmación y firma del Código de Ética Judicial, y encuentros de diálogos con los jóvenes jueces y secretarios judiciales, entre otros.
Todas y cada una de esas acciones reflejaron y fomentaron la fortaleza político ideológica, el sentido de pertenencia y compromiso con la justicia, el Pueblo y la Revolución de los integrantes de esta prestigiosa institución.
Esas son precisamente las cualidades que resaltan, en modo superlativo, en las compañeras y compañeros que por su larga y destacada trayectoria en el trabajo han sido reconocidos, o lo serán en breve, con importantes condecoraciones y distinciones otorgadas por la alta dirección del país, con motivo de éstas celebraciones, a quienes desde aquí extendemos la más calurosa felicitación.
Compañeras y compañeros:
Para quienes tenemos el inmenso honor y la dicha de prestar servicio en el sistema de órganos encargado de cumplir la función de impartir justicia en nombre del pueblo de Cuba, está claro que arribar a este aniversario no significa llegar a una meta, sino a un nuevo punto de partida, enfocados en el firme propósito de ser cada día mejores, más efectivos e íntegros, en el cumplimiento cotidiano de nuestro deber.
¡¡¡ Que vengan, pues, los próximos 50, los tribunales de justicia cubanos, estaremos siempre a la altura de la misión encomendada! ! !
¡¡¡ Se puede mucho, juntos ! ! !
¡¡¡ Hasta la victoria siempre ! ! !
¡¡¡ Patria o Muerte, Venceremos ! ! !