
El Tribunal Provincial Popular de La Habana da a conocer la siguiente nota informativa:
El pasado 16 de octubre de 2020, la Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana, celebró el juicio oral y público correspondiente a la causa número 112 de 2020 de su radicación, donde fueron juzgados los hechos relacionados con el lamentable deceso de una niña y las lesiones sufridas por otros dos infantes, producto a negligencias en la aplicación de la vacuna PRS contra la Papera, la Rubiola y el Sarampión, en el Policlínico “Enrique Betancourt Neninge”, ubicado en la localidad de Alamar, municipio de La Habana del Este, La Habana.
En correspondencia con las pruebas practicadas en el referido acto judicial, el tribunal consideró a la acusada Mallelyn Díaz Ordaz, enfermera vacunadora de la mencionada institución médica, como responsable de un delito de homicidio y dos de lesiones; todos cometidos por imprudencia.
Los jueces actuantes tuvieron en cuenta la gravedad y repercusión del hecho delictivo, su naturaleza imprudente, las características de la inculpada y, en observancia a lo establecido en el Código penal vigente, le aplicaron a Díaz Ordaz la sanción conjunta y única de 12 años de privación de libertad.
Asimismo, le impusieron sanciones accesorias que la limitan en sus derechos civiles, migratorios y para el ejercicio de la profesión de enfermera.
A la acusada y a la Fiscalía les asiste el derecho de interponer recurso de casación contra dicha decisión del órgano judicial.
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Comentarios
Excelente modo de actualizarnos en materia judicial. Retroalimentación oportuna al pueblo y a todos los operadores del derecho.