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En las últimas dos décadas, las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) han evolucionado de forma precipitada en la transformación de las sociedades, culturas y economías. El mundo ha sido testigo de los cambios provocados por su rápido avance, tales como las redes sociales, los grandes datos y la internet.
Las tecnologías móviles y la conectividad de banda ancha, ya generalizadas en los países desarrollados, se están desplegando rápidamente en los que están en vías de desarrollo y los mercados emergentes. Los impactos de las redes sociales en las formas de interacción, los datos abiertos del Gobierno y la computación en nube, junto con el consumismo de dispositivos móviles, han enriquecido aún más la sociedad mundial.
Existen 110 Indicadores por los cuales la Organización de las Naciones Unidas (ONU) evalúa el avance del gobierno electrónico de los países. Los elementos evaluados en el «Cuestionario sobre servicios en línea», en la edición 2020, se concentran en:
- Información sobre leyes, políticas, legislaciones y gastos.
- Existencia de redes sociales.
- Habilidades para realizar transacciones desde sitios web.
De estos indicadores, seis refieren específicamente la actividad «justicia», y son:
- No. 19: información sobre política o presupuesto de justicia.
- No. 63: existencia de vínculos entre el portal nacional y los servicios sectoriales/ministeriales de educación, empleo/trabajo, medioambiente, salud, seguridad social y justicia.
- No. 66: existencia de servicios móviles en educación, empleo, medioambiente, salud, seguridad social y justicia.
- No. 67: existencia de participación en línea en asuntos públicos relacionados con educación, empleo, medioambiente, salud, seguridad social y justicia.
- No. 72: existencia de datos públicos abiertos sobre educación, empleo, medioambiente, salud, protección social y justicia.
- No. 107: capacidad para recibir actualizaciones o alertas sobre cuestiones relacionadas con la educación, el empleo, la salud, la seguridad social, la justicia.
El Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la ONU promueve el desarrollo del gobierno electrónico en pos de un servicio público sensible, eficiente, eficaz y equitativo para todas las personas, la construcción de la confianza ciudadana y garantizar la transparencia, la participación y la colaboración en el proceso de desarrollo.
La Asamblea General adoptó en septiembre de 2015 la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia.
Dentro de esa política, se conceptualizó un Gobierno abierto como aquel que abre sus puertas al mundo, co-innova con todos, especialmente con los ciudadanos, comparte recursos que anteriormente estaban celosamente guardados, aprovecha el poder de la colaboración masiva, la transparencia en todas sus operaciones y no se comporta como un departamento o jurisdicción aislada, sino como una estructura nueva, una organización verdaderamente integrada y que trabaja en red.
Los principios sobre los cuales se sustenta este nuevo paradigma de gestión pública son: acceso a la información, participación y colaboración. En la actualidad, las políticas públicas orientadas a consolidar la práctica del Gobierno abierto en las instituciones del Estado (en todos sus niveles) se orientan en, al menos, cinco direcciones de fortalecimiento (ejes estratégicos): transparencia, rendición de cuenta, participación ciudadana y tecnología e innovación.
Dicho paradigma constituye un eje fundamental para cumplir con los Objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (ODS). El número 16 propone configurar un nuevo marco de gobernanza pública y una renovada arquitectura estatal que permitan promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir instituciones eficaces, responsables e inclusivas que rindan cuenta.
En la 70.º Asamblea General de la ONU, en septiembre de 2015, 11 gobiernos del Comité Directivo de la Alianza para el Gobierno Abierto —Cuba no participa— aprobaron la Declaración Conjunta «Gobierno abierto para la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible», que reconoce el objetivo 16 como una meta transversal para lograr con éxito los demás.
Los principios de Gobierno abierto están explícitamente mencionados en el referido objetivo (apartados 6, 7 y 10). Sin embargo, aquellos también se encuentran integrados en varios ODS, en los cuales la transparencia, la participación pública y la existencia de instituciones que rindan cuenta son instrumentos para el cumplimiento de las metas.
JUSTICIA ABIERTA
La Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas (CEPAL) ha reconocido que, históricamente, el Poder Judicial ha sido de los menos sometidos al escrutinio público y la justicia es considerada como el poder más conservador, formalizado y jerárquico del sistema democrático (Cuba es miembro fundador de la CEPAL y desde 1948 participa en sus actividades).
Tal comisión reflexiona que existe una corriente mundial que hace necesaria una deliberación comprensiva sobre la calidad de la justicia. Utilizar los pilares fundamentales del Gobierno abierto en este espacio sería una promesa próspera para legitimar la democracia activa, más aún cuando se observa que en los países latinoamericanos vienen desgarrándose una incontable avalancha de casos de corrupción judicial.
Alicia Bárcena, secretaria ejecutiva de la CEPAL, argumentó que: «El quehacer de lo público no se trata solo de lo que haga o deje de hacer el gobierno. Se trata de fortalecer lo colectivo, lo de todos, con plena conciencia y con derechos y responsabilidades. Son bienvenidas las acciones de los gobiernos en la dirección de la transparencia, la participación y la justicia, y es necesario que participen las otras instancias del Estado, es decir, además del poder ejecutivo, el legislativo y el judicial, y también los niveles subnacionales de gobierno».
En el contexto internacional y los distintos ámbitos nacionales y judiciales se han venido dando iniciativas precursoras y novedosas en la senda hacia la Justicia abierta, lo que ha facilitado la adopción de lineamientos dirigidos a fomentar esta visión, a partir de la generación de sinergias, la conjunción de esfuerzos regionales y la creación de una cultura de gestión judicial abierta y acorde a los tiempos presentes.
En ese empeño, el gremio judicial ha dado pasos para reforzar su integridad y ética, lo cual se traduce en mayor confiabilidad de la ciudadanía y transparencia. Determinar sobre los derechos y responsabilidades de los justiciables es uno de los encargos del juzgador que requiere de una integridad inobjetable.
El «Código de Bangalore sobre la conducta judicial» previó, en su momento, la creación de mecanismos propios para el control del respeto a sus normas, sin indicar un mecanismo concreto. En abril del 2000, en la Convención de Viena, se trató el tema de la desconfianza en la judicatura, motivo por el que se pensó establecer normas para regir el actuar ético de los juzgadores y brindar, así, confianza a la sociedad en la institución encargada de la impartición de justicia.
Basado en lo anterior, se realizó un borrador en 2001, que fue aprobado por el Grupo Judicial de Reforzamiento de la Integridad Judicial, en función de la revisión dada por la Reunión en Mesa Redonda de Presidentes de 101 tribunales superiores, celebrada en el Palacio de La Paz de La Haya, Países Bajos, el 25 y 26 de noviembre de 2002. Así, en 2003, se dio a conocer y se aplicó este Código. Los Principios de Bangalore sobre Conducta Judicial enumeran seis valores éticos fundamentales: independencia, imparcialidad, integridad, corrección, igualdad y competencia/diligencia; en ellos se establece qué conducta puede exigírsele al destinario de la norma, que, en concreto, son los juzgadores.
Con similares pretensiones, en el 2015, en el marco del XIII Congreso de Naciones Unidas sobre la prevención del delito y la justicia penal, se aprobó por unanimidad la Declaración de Doha, documento que subrayó la importancia del combate contra el crimen organizado y el fortalecimiento de los sistemas de justicia penal y de prevención.
Entre las novedades de la Declaración, además de los enfoques amplios y equilibrados para prevenir y afrontar adecuadamente formas nuevas y emergentes de delincuencia transnacional, estuvo la necesidad de la participación pública en el fortalecimiento de la prevención del delito y la justicia penal, reforzando la intervención ciudadana, para dotarla de mayor confianza en los sistemas de justicia penal. En dicho documento quedó plasmado el compromiso de los jefes de Estado y la firme voluntad política de apoyar sistemas de justicia penal eficaces, imparciales, humanos y responsables.
El Artículo 11 de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, adoptada en el 2003 por la Asamblea General, y de la que Cuba es signataria, reconoce el papel decisivo del Poder Judicial en la lucha contra la corrupción y establece que cada Estado parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, y sin menoscabo de la independencia del Poder Judicial, adoptará medidas para reforzar la integridad y evitar toda oportunidad de corrupción entre los miembros de este, incluidas las normas que regulen su conducta.
A partir del compromiso que guarda la necesidad de tener un sistema judicial basado en los principios de la independencia, la imparcialidad, la integridad, la transparencia, la rendición de cuenta y la profesionalidad, lo cual es fundamental para el Estado de Derecho, para que el sistema de justicia siga siendo digno de la confianza de los ciudadanos y para garantizar que esta se imparta de manera efectiva, se creó, en abril de 2018, en la sede de ONU, en Viena, la Red Global de Integridad Judicial.
Dicha red genera oportunidades de establecer contactos, facilita el acceso a los recursos existentes, apoya el desarrollo de las nuevas tecnologías y recursos, y proporciona asistencia técnica, como los programas de formación (Cuba es miembro fundador de ella desde abril de 2018).
EN LA REGIÓN IBEROAMERICANA
Existe la Cumbre Judicial Iberoamericana, que es un foro de diálogo y concertación institucional de carácter internacional que opera con 23 países latinoamericanos y europeos de habla española y portuguesa, reúne a los presidentes de las Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia y de los Consejos de la Judicatura o de la Magistratura iberoamericanos, y tiene como objetivo fundamental la adopción de proyectos y acciones concertadas, desde la convicción de que la existencia de un acervo cultural común constituye un instrumento privilegiado que contribuye al fortalecimiento del Poder Judicial (Cuba es miembro). Se han aprobado importantes acuerdos que promueven elementos de la justicia abierta, como es el acceso a la información, la transparencia, la participación, la colaboración, el acceso a la justicia, la rendición de cuenta, la mejora constante, la innovación, el fortalecimiento de la ética y la utilización de la tecnología, y son:
- Recomendaciones en materia de transparencia, rendición de cuentas e integridad de los Sistemas de Justicia Iberoamericanos 2012 y 2014.
- 100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, aprobado en la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, 2008.
- Decálogo iberoamericano para una justicia de calidad, aprobado por la Asamblea Plenaria de la XVI Cumbre Judicial Iberoamericana, celebrada en abril de 2012, en Buenos Aires, Argentina.
- Código Iberoamericano de Ética Judicial, 2014.
- Declaración de Asunción, Paraguay, adoptada en la XVIII Cumbre Judicial Iberoamericana, celebrada en 2016, donde se acordó la creación del Grupo de Justicia Iberoamericana Abierta, con el objetivo de promover la coordinación de todas las acciones que se realicen bajo la visión articuladora de la nueva temática, cuya finalidad última es el mejoramiento de la calidad de los servicios y la satisfacción óptima de las demandas de la población en relación con la labor de los sistemas judiciales.
- Cumbre Judicial Iberoamericana, en su edición XIX, celebrada en Quito, Ecuador, en 2018, adoptó el acuerdo denominado Declaración de Quito, «Principios y recomendaciones para la promoción de la justicia abierta en los poderes, órganos y organismos judiciales iberoamericanos», una iniciativa que, de manera estratégica, establecía un marco de trabajo articulado que armoniza lo que realizan los poderes judiciales y tribunales supremos de acuerdo con la normativa de nuestros países, con los mandatos de la Cumbre Judicial Iberoamericana y los compromisos asumidos por los Estados en el ámbito internacional, entre los que destacan los ODS, los instrumentos internacionales de Derecho y derechos humanos, la Carta iberoamericana de gobierno abierto, así como los avances en el gobierno abierto a nivel mundial.
Este último fue respaldado por el Consejo Judicial Centroamericano y del Caribe de los países miembros del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), del cual Cuba es miembro observador desde marzo de 2017, y, en su sesión de marzo de 2018, según la Declaración de San José, se acordó: reconocer el valor que tiene la justicia abierta para todos los sistemas judiciales y su pertinencia en la región, al reforzar los principios de transparencia, rendición de cuenta, eficiencia, apertura, acceso a la justicia, participación social, colaboración y coordinación, todos atinentes y necesarios para responder exitosamente a los desafíos que se afrontan.
En la última década, la gestión judicial en Iberoamérica también ha avanzado en el reconocimiento de la necesidad de replantearse la relación entre los sistemas de administración de justicia, los otros poderes, la institucionalidad pública, la academia y las personas usuarias, para enfrentar con éxito los retos aparejados a la prestación de servicios oportunos y de calidad.
El aprovechamiento del uso de las TIC es uno de los requerimientos de la época actual, tomando en cuenta que las sociedades demandan una mayor apertura y comunicación con los responsables de la gestión pública, así como servicios que respondan a las necesidades individuales, sin ser por ello de alto costo. Esto lo han comprendido los sistemas judiciales y han empezado a hacer un uso cada vez más amplio y creativo de aquellas, denominando estos como desarrollos e-justicia.
IMPLEMENTACIÓN, FUNCIONALIDAD Y ALCANCE EN ALGUNOS TRIBUNALES Y CORTES FORÁNEAS
ESPAÑA
El Poder Judicial español tiene implementada su interoperabilidad con los sistemas de información a través del expediente judicial electrónico. Actualmente, abogados, procuradores, graduados sociales, administraciones públicas, ayuntamientos, guardia civil, policía local y todos los colectivos que interactúan con la administración de justicia presentan sus documentos mediante Lexnet.
«Lo que no entra telemáticamente no existe en el mundo de los procesos judiciales», por eso, cuando los particulares acceden en papel a los tribunales con sus reclamaciones o demandas, estas se escanean por el servicio común general para su incorporación como documento al expediente digital.
Las ventajas de este modo de presentación de documentos, tanto iniciador de procesos como de tramitación o impulso de estos, son ya incuestionables, a saber: indubitabilidad de la fecha y hora de su presentación, orden de registro, publicidad de este hecho, registro y reparto automático, remisión telemática al orden jurisdiccional y órgano correspondiente, otorgamiento de un NIG (número general de identificación que individualizará el proceso durante todos sus trámites e instancias), la aceptación inmediata por este, tras verificar su idoneidad, y dada de alta con un número de procedimiento en el órgano de destino donde se tramitará dicho proceso.
Esta plataforma, puesta en marcha, permite, a través de una aplicación de intercambio seguro de información entre los órganos judiciales y una gran diversidad de operadores jurídicos (abogados, procuradores, graduados sociales), no solo iniciar procesos, sino también, en el trabajo diario, intercambiar documentos judiciales (notificaciones, escritos y demandas), tanto con los órganos judiciales como con las demás partes intervinientes.
Actualmente, Lexnet ha posibilitado el intercambio de las comunicaciones entre todos los operadores jurídicos y ha supuesto el primer paso hacia el expediente electrónico.
Este proceso, en la Audiencia Nacional, se inició en septiembre de 2010, con la puesta en marcha del Servicio de digitalización masiva, que ha permitido digitalizar más de 31 millones de páginas de los procedimientos en trámite.
Con el expediente judicial electrónico en la administración de justicia se pretende, en principio:
- Una justicia que, como servicio público, sea accesible al ciudadano.
- Una justicia transparente.
- Una justicia ágil, al tramitarse íntegramente en formato electrónico y acortarse enormemente los plazos de tramitación.
- Una justicia eficiente, al aprovechar mejor los recursos disponibles.
- Una justicia sostenible, al suprimir el uso del papel.
La digitalización de los expedientes favorece el intercambio de información y la comunicación entre los órganos judiciales y otras instituciones y órganos implicados en la administración de justicia, favoreciendo respuestas homogéneas ante las mismas cuestiones.
El objetivo a alcanzar con el esquema judicial de interoperabilidad y seguridad (EJIS) es la comunicación en red de todos los sistemas de gestión procesal que actualmente coexisten en el territorio nacional. Lo deseable es que dicha comunicación se extendiera a los sistemas de gestión procesal de las comunidades autónomas con competencia en justicia, y no solo a efectos de interoperabilidad sino también de compatibilidad.
El expediente judicial electrónico comenzó en la Audiencia Nacional y se ha extendido progresivamente en otros juzgados y tribunales del país, presentando no pocos inconvenientes técnicos, lo que ha permitido la superación de una tradición jurídica en papel y la adecuación a los nuevos tiempos digitales.
Paralelamente al proceso que se está desarrollando en el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y demás tribunales en el país, se han dado también los primeros pasos para la implantación del expediente judicial electrónico en las fiscalías de la Audiencia Nacional, la fiscalía antidroga, la especial contra la corrupción y la criminalidad organizada, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y en los órganos judiciales de las ciudades de Murcia, León y Burgos.
Dicho expediente, en sistemas de gestión procesal adaptados a este, incrementó la celeridad en la tramitación de los procedimientos, garantiza la seguridad de todo el proceso y mejora el ejercicio del derecho de defensa.
El expediente judicial electrónico facilita el acceso de todos los operadores judiciales a la misma documentación, de una forma simultánea, evita realizar copias en papel de trámites, al realizarse los traslados a las partes telemáticamente.
Su implantación permitió que todos los procesos judiciales se realizaran totalmente de forma digital, ya que los procedimientos anteriores al 2016, al haber nacido en papel, se continúan tramitando de esta manera hasta su terminación, pues los documentos que incorporan y los forman no se encuentran digitalizados, lo que supone que, aunque en ellos se utilicen herramientas de justicia electrónica, como la firma de las resoluciones, con el certificado digital, el visor documental o Lexnet para los escritos de trámite que se sigan presentando, la incorporación al proceso de estos se hará en doble vía o formato (en papel y digital).
PANAMÁ
El Órgano Judicial de Panamá creó y puso en marcha en todo el país el Sistema Automatizado de Gestión Judicial (SAGJ), que es un conjunto de elementos orientados al almacenamiento, procesamiento, administración de datos y consulta de información, desarrollado esencialmente para la gestión electrónica y digital de los expedientes que cursan trámite ante los tribunales.
En este sistema se encuentra el despliegue e implementación del expediente judicial electrónico, como componente operativo de la plataforma informática, el cual es el medio exclusivo para la tramitación electrónica de los procesos, tanto para el Sistema Penal Acusatorio como para el resto de los procedimientos judiciales.
Actualmente, la plataforma tecnológica brinda servicios integrales a los usuarios de la administración de justicia, con los siguientes módulos:
- Registro único de entrada (RUE)
- Expediente judicial electrónico (EJE)
- Jurados de conciencia
- Certificación de depósito judicial (CDJ)
- Tarjetero electrónico judicial (e-tarjetero)
- Tarjetero electrónico colegiado
- Seguridad y autenticación
- Seguimiento global de negocios
- Abogados
- Tramitación electrónica de negocios (TEN)
- Movimiento de documentos judiciales electrónicos para los negocios procesalmente terminados
COSTA RICA
El Poder Judicial de Costa Rica tiene implementado desde 2010 el expediente judicial electrónico, lo que contribuye a su gestión de gobierno digital y permite la tramitación de procesos judiciales, la comunicación de actos y la transmisión de piezas procesales.
Se encuentran desplegadas las firmas digitales y holográficas de los documentos electrónicos para que las piezas procesales sean válidas y se identifique inequívocamente al suscriptor.
- Firma digital basada en un certificado digital emitido por autoridad certificadora acreditada.
- Firma electrónica mediante registro como persona usuaria en el Poder Judicial.
- Firma holográfica mediante dispositivo o capturador de firmas utilizado por despachos y fiscalías electrónicas.
En la actualidad, cada oficina y despacho judicial garantiza el derecho de acceso a la información y acceso a la justicia de las personas usuarias que se encuentran en condición de desventaja en cuanto al uso de la tecnología disponible (brecha digital) y las poblaciones en condición de vulnerabilidad, identificadas según las 100 Reglas de Brasilia; por lo que, por ningún motivo, el uso de la tecnología se convierte en una barrera u obstáculo para el ejercicio de los derechos.
En estos casos, cuando la persona haga saber su imposibilidad para acceder a los medios tecnológicos, se procederá, excepcionalmente, a facilitar la información de la forma en que lo requiera, según las necesidades particulares (audio, braille, CD, llave de almacenamiento, fotocopia, impresa, otros).
El Poder Judicial desarrolla sistemas de procesamiento de las acciones judiciales, bajo el concepto de «cero papeles», por medio de actos, resoluciones y comunicaciones digitales, utilizando, preferentemente, la internet y el acceso por medio de redes internas o aquellas que surjan conforme a los avances tecnológicos.
INFORMATIZACIÓN EN EL SISTEMA JUDICIAL CUBANO
Ordenamiento legal cubano:
- Constitución de la República de Cuba, Artículo 53: regula el derecho de las personas a solicitar y recibir del Estado información veraz, objetiva y oportuna; y acceder a la que se genere por sus órganos y entidades, conforme a las regulaciones establecidas.
- Decreto Ley No. 370/2019, «Sobre la informatización de la sociedad en Cuba»: promueve el desarrollo y la utilización de las TIC e incorpora el gobierno electrónico en la prestación de sus servicios y trámites, para lo cual atribuye a los órganos, organismos de la Administración Central del Estado (OACE) y otras entidades que, de acuerdo con su misión y funciones específicas aprobadas, desarrollen las acciones que les correspondan en ese marco.
- Decreto Ley No. 6/2020, «Del Sistema de Información del Gobierno»: regula el intercambio informativo automatizado entre los diferentes actores, la organización del sistema de registros públicos, el uso de clasificadores y codificadores que garanticen la armonización de la información y la implementación de la interoperabilidad semántica entre los sistemas de información.
- Decreto Ley No. 3/2020, «Sistema Nacional de Gestión Documental y Archivo de la República de Cuba»: establece que los archivos son un sistema que, integrado al control interno y al Sistema de Información de Gobierno, entre otros, contribuyen a garantizar la trazabilidad, transparencia y rendición de cuenta de los jefes de las instancias superiores.
En el Sistema de Tribunales se desarrollan un grupo de procesos que su salida es brindar servicio judicial de calidad y que los usuarios se sientan satisfechos; para ello, la informatización procura que estos procesos sean cada vez más ágiles, seguros, efectivos, transparentes y accesibles para todos los intervinientes.
En nuestro país se desarrolla un amplio proceso de informatización de la sociedad, que incluye a todos los sectores; está diseñado un programa que cuenta con cuatro etapas definidas para evaluar el avance del gobierno electrónico en las instituciones, que son: «presencia, interacción, transacción y transformación».
En los tribunales cubanos se trabaja para acercar la justicia al pueblo mediante un conjunto de aplicaciones que contribuyen al perfeccionamiento del flujo de trabajo, tanto interno como externo, cumpliendo con las diferentes etapas del gobierno electrónico, y se obtienen los resultados siguientes:
Sitio web
Cumple con el 100% de los elementos de las etapas de «presencia» e «interacción» del gobierno electrónico, se encuentra disponible sobre el dominio —gob.cu y es uno de los cinco sitios mejores posicionados desde el buscador de Google bajo este dominio.
Contiene un servicio de Atención a la población, mediante el cual el ciudadano puede enviar planteamientos y darle seguimiento al estado de tramitación de su inquietud hasta la respuesta final.
También publica datos estadísticos e información de la actividad judicial de interés para la población, lo que hace más transparente la actuación de los tribunales.
APK CIVIX
Es una aplicación para dispositivos móviles Android, que brinda el mismo servicio de Atención a la población que se ofrece en el portal web. Desde su lanzamiento, ha tenido un número importante de descargas y se ha mantenido estable en su funcionamiento.
Expediente judicial electrónico (XEJEL)
Es un sistema que facilita la tramitación de los procesos judiciales, digitaliza todos los documentos y trámites que se van conformando en el expediente, permite controlar el estado en el que se encuentran, registra los datos una sola vez y genera las resoluciones, diligencias y oficios en forma de plantillas predeterminadas, lo que evita errores y agiliza el trabajo.
Desde julio de 2020, se implementó el expediente electrónico en todas las salas de justicia del Tribunal Supremo Popular (TSP), se verifican posibles correcciones y se crean las condiciones para su extensión a los demás tribunales del país, de manera gradual y progresiva, en la medida en que se complete el equipamiento, para poder llegar hasta los órganos municipales.
Sistema de videoconferencia
Se encuentra implementado el sistema de videoconferencia, utilizado para realizar actos judiciales en todas las instancias, lo que ha demostrado su utilidad y beneficios para los involucrados en los procesos judiciales, pues agiliza trámites, ahorra recursos y evita el traslado de personas.
Además, en las actuales circunstancias en las que vive el país, ha tenido un amplio uso por parte de los directivos en sus funciones administrativas internas y ha contribuido a mejorar las comunicaciones entre las distintas instancias judiciales.
Sistema para la Oficina de Trámites Comunes
Sistema utilizado en la Oficina de Trámites Comunes del TSP para el registro y control de todo el flujo de información que se genera entre esta y otras entidades, con motivo de trámites judiciales. Actualmente, se encuentra funcionando de manera estable con un porciento de uso elevado.
ABCD
Sistema que digitaliza la biblioteca de los tribunales y favorece el estudio de los magistrados, jueces y demás trabajadores de la institución que se encuentran interconectados a la red privada. En la actualidad, se encuentra estable y en correcto funcionamiento.
REPXOS
Repositorio institucional donde se almacena la documentación generada en el Sistema de Tribunales como parte de la actividad judicial, tales como: disposiciones del Consejo de Gobierno, doctrina, investigaciones, legislaciones, sentencias y temas jurídicos complementarios. Actualmente, se encuentra estable y en correcto funcionamiento.
Sistema de Recursos Humanos
Permite y garantiza la gestión y el control de la información personal y laboral de los trabajadores del TSP para la toma de decisiones, como parte del proceso estratégico interno que sirve de apoyo a la actividad fundamental. Se encuentra estable en su funcionamiento y posee un alto porciento de uso.
Para continuar con el desarrollo del proceso de informatización se necesita ampliar la calidad de la infraestructura de red y mejorar el equipamiento, para poder desplegar todos los sistemas informáticos hasta las estructuras municipales, fundamentalmente el expediente electrónico y el sistema de videoconferencia.
INTEROPERABILIDAD
Las organizaciones que responden a administraciones distintas no pueden verse como componentes aislados que funcionan para sí, sino que conforman un sistema integrado, en el que es imprescindible la transferencia y utilización de la información de manera uniforme y eficiente entre ellas, la veracidad y la calidad, que se gestione mediante registro «solo una vez» y se delimite la responsabilidad con su contenido, además de evitar la duplicidad de esfuerzos y tecnologías. Todo ello se logra con la interoperabilidad.
La informatización es integral cuando incluye los procesos que traspasan la frontera de la estructura organizativa y tiene continuidad en otras; es decir, cuando un sistema genera datos que son usados por otro, procesa o consume los generados por otro sistema, depende de él para entregar datos o brindar servicios, o emplea software que opera en la misma plataforma de uno diferente.
El TSP ha identificado la necesidad de diseñar y crear una «plataforma común» para la interconexión con otras instituciones en todos los procesos judiciales, entre las que se encuentran: Fiscalía General de la República (FGR), Ministerio del Interior (MININT), Ministerio de Justicia (MINJUS), Organización Nacional de Bufetes Colectivos (ONBC), OACE, Sistema Empresarial, y también los ciudadanos.
En análisis realizados se han identificado determinadas asimetrías entre estas instituciones, las que deben ser corregidas para lograr la verdadera interoperabilidad. Tales diferencias se reflejan en cuanto a las tecnologías, anchos de banda, desarrollo de sistemas informáticos, estado de la digitalización de los procesos internos, implementación de la firma digital y la preparación de los recursos humanos, entre otros.
Para alcanzar la adecuada y segura interconexión, deben cumplirse las condicionantes siguientes: fiabilidad y autenticidad, trazabilidad en la gestión, ciberseguridad y una verdadera interacción.
La interoperabilidad del Sistema de Tribunales con los otros órganos y organismos no puede ser concebida de manera exclusiva para la justicia penal, sino de manera integral que incluya todos los procesos (civil, penal, económico, laboral, administrativo y de familia), por su impacto en el orden organizacional y funcional, debido a que son los mismos proveedores, usuarios y ejecutores del servicio judicial, en general.
Acciones realizadas por las entidades que intervienen:
Se desarrolló una «plataforma de interconexión» para el tráfico digital de documentos relacionado con los trámites judiciales. Mediante ella, se realizarán las notificaciones electrónicas y la recepción de escritos de las partes involucradas en los procesos judiciales. Actualmente, se encuentra en fase de prueba funcional y de seguridad, y se hospedará en el centro de dato público virtual de ETECSA.
Esta plataforma facilitará a los intervinientes presentar escritos, demandas, solicitudes y otros documentos en los procesos judiciales y, a su vez, enviarle citaciones, requerimientos, sentencias y otras resoluciones al tribunal; además de efectuar diferentes trámites, lo que agiliza la gestión, le otorga mayor seguridad y ahorra recursos.
Una vez terminada, debe incorporarse, de manera gradual y progresiva, el tráfico digital de información para los trámites judiciales, lo que permite el flujo de datos y documentos entre el Sistema de Tribunales, y el MINJUS (Registro Central del Sancionado y Caja de Resarcimientos), el Banco Central de Cuba, el MININT y otros actores. A través de esta misma plataforma, se pretende acceder a la ficha única del ciudadano y a los registros públicos del propio ministerio.
El 24 de septiembre de 2020 se aprobó la Instrucción No. 253, por el Consejo de Gobierno del TSP, que autoriza la utilización de las plataformas, aplicaciones digitales, el correo electrónico y otras vías telemáticas para la realización de los actos procesales de comunicación con las partes, en todas las instancias judiciales y materias jurisdiccionales de los órganos de justicia. Incluye las notificaciones de todas las resoluciones pronunciadas en los procesos judiciales y la recepción de escritos de trámites y solicitudes. A partir de su aplicación se han obtenido muy buenos resultados. La FGR y la ONBC emitieron normativas internas para su implementación.
Para una mejor integralidad de este proceso, sería conveniente jerarquizar la informatización de la actividad judicial como proyecto de país, en el marco del Programa nacional de informatización conducido por el Ministerio de las Comunicaciones, sobre la base de una voluntad compartida y proactiva de todos los implicados, y coordinado por el TSP, que logre la integración y la interoperabilidad mediante una «plataforma común».
Asimismo, se debe desplegar la firma digital en los diferentes órganos, en todas sus estructuras, y definir en las instituciones involucradas los requisitos de ciberseguridad requeridos para esta actividad que garanticen la confiabilidad, autenticidad y trazabilidad de la información.
La incorporación de la concepción e implementación de la referida plataforma en los proyectos priorizados de la informatización de la sociedad sería un paso importante en el logro de la integración y la interoperabilidad efectiva entre todos los órganos y organismos que intervienen en los procesos judiciales.
Cuando se encuentre desplegado en todo país el «expediente electrónico con firma digital» y una «plataforma común», se pretende que los magistrados, jueces y las secretarias puedan acceder, desde cualquier punto, conectados a la red nacional, y también que todos los intervinientes en los procesos judiciales puedan verificar el estado de su proceso a través de una consulta por el sitio web o la APK Civix, por medio de su identificador.
A MODO DE CIERRE
El TSP de Cuba participa en diversos espacios de concertación y coordinación entre los poderes, órganos y organismos judiciales a nivel internacional, en los que se promueve el mejoramiento continuo de la administración de justicia, como pilar del Estado de Derecho.
Organizaciones como la Red Global de Integridad Judicial, la Cumbre Judicial Iberoamericana y el Consejo Judicial Centroamericano y del Caribe han hecho posible la reflexión crítica sobre las necesidades de la población en cuanto al sistema de administración de justicia, así como la propuesta de nuevas iniciativas para la búsqueda de una mayor calidad en la prestación de los servicios judiciales.
Partiendo del respeto a las individualidades culturales, sociales y políticas, en cada una de estas organizaciones, se realizan esfuerzos conjuntos para asegurar administraciones de justicia independientes, imparciales y éticas, comprometidas con la defensa de los derechos humanos, la justicia social, el acceso a la justicia, la transparencia y la eficacia.
La «Justicia abierta», como un nuevo paradigma del «Gobierno abierto» de la gestión pública, tiene como objetivos: promover la eficacia en el desempeño judicial, el desarrollo de políticas que tiendan a facilitar el acceso a la justicia, el fortalecimiento de la ética judicial, la lucha contra la corrupción y la impunidad, la transparencia, el control social de la gestión judicial y la incorporación de nuevas tecnologías disponibles para la consecución de estos fines.
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Comentarios
Exelente trabajo, ese tiene que ser el futuro, y no muy lejano.