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El 5 de mayo del 2000 la Sala Primera de lo Civil y lo Administrativo del Tribunal Popular Provincial de la Ciudad de La Habana dictó la sentencia 47, correspondiente al Expediente Civil número 1, radicado en virtud de la Demanda del pueblo cubano contra el Gobierno de Estados Unidos por los daños económicos ocasionados a Cuba, interpuesta por organizaciones sociales y de masas del país.
Peritos y testigos expusieron —durante las prácticas de pruebas que tuvieron lugar del 28 de febrero al 10 de marzo— contundentes alegatos que mostraban la culpabilidad del Gobierno estadounidense en sistemáticas acciones de guerra económica contra Cuba en aras de enajenarle apoyo popular a la Revolución para destruirla.
La agresiva política y los criminales efectos sobre todos los sectores económicos y la vida social del país fueron objeto de escrutinio. Como resultado, se demostró la ilegalidad del bloqueo a la luz del Derecho Internacional —en realidad un acto de genocidio—, así como que el Gobierno de Estados Unidos se veía en la obligación de reparar los daños causados por su conducta inmoral y antijurídica, y de asumir la indemnización por los perjuicios causados.
En la jornada final de práctica de pruebas se presentó un pormenorizado informe pericial que evaluaba los daños y perjuicios del bloqueo económico, comercial y financiero en distintas esferas de actividad, y de las agresiones a objetivos económicos y sociales. Para inicios del año 2000 el bloqueo había cercenado 15 años de desarrollo de Cuba.
Los daños y perjuicios causados por el bloqueo ascendían en aquella fecha a 67 093,2 millones de dólares, y el causado por las agresiones se elevaban a 54 000 millones de dólares, para un total superior a 121 000 millones de dólares estadounidenses. La sentencia del Tribunal condenó al Gobierno de Estados Unidos a reparar e indemnizar al pueblo cubano en esa cuantía.
Cuando en tribunales estadounidenses se radican espurias demandas contra nuestro país, Cubadebate recuerda esta histórica demanda vigente y no pagada por el Gobierno de Estados Unidos.
Demanda del Pueblo cubano al Gobierno de los Estados Unidos por los daños económicos ocasionados a Cuba
A LA SALA DE LO CIVIL Y DE LO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL PROVINCIAL POPULAR DE CIUDAD DE LA HABANA
Lic. Mirna Nides Domínguez, Lic. Disney Cabrera Zayas, Lic. Tania J. Manzanares Ayala y Lic. Abel Alejandro Solá López, abogados, a nombre y en representación de las siguientes organizaciones sociales y de masas de la República de Cuba, que integran a la casi totalidad de la población del país:
CENTRAL DE TRABAJADORES DE CUBA (CTC), representada por el obrero y Licenciado en Ciencias Sociales Pedro Ross Leal, Secretario General de dicha organización;
ASOCIACIÓN NACIONAL DE AGRICULTORES PEQUEÑOS (ANAP), representada por el campesino y Licenciado en Ciencias Sociales Orlando Lugo Fonte, Presidente de dicha organización;
FEDERACIÓN DE MUJERES CUBANAS (FMC), representada por la Ingeniera Química Vilma Lucila Espín Guillois, Presidenta de dicha organización;
FEDERACIÓN ESTUDIANTIL UNIVERSITARIA (FEU), representada por el estudiante de Cuarto Año de la Licenciatura en Historia en la Universidad de La Habana, Hassán Pérez Casabona, Presidente de dicha organización;
FEDERACION DE ESTUDIANTES DE LA ENSEÑANZA MEDIA (FEEM), representada por el alumno de Segundo Año del Instituto Politécnico de Electrónica «Eduardo García Delgado», Roberto Conde Silverio, Presidente de dicha organización;
ORGANIZACIÓN DE PIONEROS JOSÉ MARTÍ (OPJM), representada por la Licenciada en Comunicación Social Niurka Duménigo García, Presidenta de la Dirección Nacional de la organización;
COMITÉS DE DEFENSA DE LA REVOLUCIÓN (CDR), representados por el Licenciado en Contabilidad Juan Contino Aslán, Coordinador Nacional de dicha organización; y
ASOCIACIÓN DE COMBATIENTES DE LA REVOLUCIÓN CUBANA (ACRC), representada por el Comandante de la Revolución Juan José Almeida Bosque, Presidente de dicha organización,
Ante el Tribunal comparecemos y como mejor proceda en derecho decimos:
Que venimos por medio del presente escrito a establecer Demanda en Proceso Ordinario sobre responsabilidad civil por Daños y Perjuicios derivados de actos ilícitos que han afectado al pueblo de Cuba durante todo el proceso histórico de la Revolución Cubana,
Contra:
El Gobierno de los Estados Unidos de América, con domicilio legal en la ciudad de Washington, D.C.
Los hechos sobre los que se formula la demanda pueden ser vistos en Cubadebate.