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El 2 de noviembre de 1999, tras poco más de cinco meses, se dictó la sentencia del expediente número 88 de ese año, perteneciente a la Sala Segunda de lo Civil y Administrativo del Tribunal Provincial Popular de Ciudad de La Habana. Demandantes: organizaciones sociales y de masa cubanas; demandado, el gobierno de Estados Unidos de América, que fue debidamente emplazado, pero no se personó en ningún momento del proceso, por tanto, fue declarado en rebeldía.
Como colofón del conflicto judicial, se condenó al demandado a la reparación del daño material, con el pago por el valor de la vida de 3478 personas, y al pago por el valor de la integridad física ilícitamente quebrantada de 2099 personas, con un monto total y único de 181 100 millones de dólares estadounidenses.
A 20 años de aquella sentencia, y para aclarar los hechos ocurridos, se solicita para que ofrezca declaración a este sitio web a Carlos Manuel Díaz Tenreiro, actualmente magistrado de la Sala de lo Civil y lo Administrativo del Tribunal Supremo Popular de la República de Cuba, y en 1999, presidente del tribunal constituido que declaró con lugar la Demanda del Pueblo de Cuba al Gobierno de Estados Unidos por daños humanos.
Por favor, responda las siguientes preguntas. ¿Su nombre es Carlos Manuel Díaz Tenreiro?
Sí.
¿Es verdad que, en el momento de los hechos que se describen, usted tenía 41 años de edad, ya acumulaba más de 15 años en la carrera judicial, ostentaba el cargo de vicepresidente del Tribunal Provincial Popular de Ciudad de La Habana y le correspondía atender la materia civil?
Así es.
Por favor, explique por qué se articuló la demanda del 31 de mayo de 1999 contra el gobierno estadounidense y cómo le tocó a usted presidir el tribunal que la atendería.
Para entender la motivación por la cual se establece pleito judicial contra la nación que se autoproclama como la más poderosa del mundo hay que ubicarse en el momento histórico en que se produce; en la necesidad de dar a conocer a las nuevas generaciones las vicisitudes que vivimos debido a la actitud hostil de sucesivos gobiernos norteamericanos, y que sobrepasamos sin doblegarnos, pero que dejaron marcas imborrables de dolor en miles de cubanos; hay que considerar también los esfuerzos institucionalizadores para que la verdad histórica pasara a ser también verdad jurídica, cosa que logró la sentencia número 110, del 2 de noviembre de 1999, conocida como la sentencia del pueblo de Cuba.
¿Quiénes presentaron la demanda?
La demanda fue presentada por actores sociales, o sea, representantes de la sociedad civil cubana. Con ella se quería divulgar las agresiones de toda índole de que nuestro pueblo fue objeto. Los cuatro abogados designados por las entidades demandantes, entre ellos, Juan Mendoza Díaz y Leonardo Pérez Gallardo, fueron recopilando datos y hechos para la formulación de los fundamentos jurídicos, que abarcaron múltiples sucesos.
Finamente, se articuló la demanda y se presentó en sede judicial. Se produjo su radicación, el turnado, la admisión, el emplazamiento de las partes, la declaración de rebeldía y la apertura de pruebas. El tribunal de Ciudad de La Habana era el tribunal competente para atender esta demanda. La dirección del órgano decidió que me correspondía el turnado para ese acto judicial. Igualmente se escogieron a otros dos jueces profesionales y dos legos de larga trayectoria.
¿Cuánto tiempo duró la tramitación del asunto?
La demanda se impuso el 31 de mayo de 1999 y se dictó sentencia el 2 de noviembre del propio año. Fueron 21 días de sesiones de práctica de prueba. Comenzaban a las nueve de la mañana y se extendían hasta las cinco o seis de la tarde, el día entero de trabajo. El examen de la prueba era muy abundante. En julio, el caso quedó concluso para sentencia. Luego la decisión se colegió entre los cinco jueces que constituimos el tribunal; por votación secreta se discutieron los puntos que argumentaban las partes. Fue una colegiación que tomó tiempo porque debíamos decidir si cada hecho tenía las pruebas suficientes; llegó hasta el extremo de discutir cómo redactar la sentencia, que se hizo entre los jueces del caso. Esta tomó su tiempo para ser redactada. Fue muy trabajosa porque había que ser muy preciso en los hechos y en los fundamentos jurídicos de por qué se condenaba al gobierno norteamericano, para que no quedara duda de que eran culpables. Eso requería de un tiempo de elaboración. La sentencia era muy grande, con más de 100 páginas.
¿Dónde se realizó el juicio?
Por el volumen de la prueba a practicar, y sobre todo por la trascendencia del juicio, se dispuso celebrar las audiencias fuera de la sede del tribunal provincial, en el antiguo Salón del Pleno del Tribunal Supremo, enclavado en áreas de la Plaza de la Revolución. Y dada la índole que se discutía, se autorizó el empleo de medios de difusión masiva nacionales e internacionales.
¿Por qué se decidió permitir la presencia de medios de comunicación en el juicio? ¿Acaso no era un juicio normal?
En esencia fue un juicio normal, en el sentido de que fue un juicio de un tribunal ordinario para hacer una reclamación de hechos conocidos pero que aún no tenían connotación en el marco legal. Entonces, la dirección del país quería darle visibilidad a nivel nacional e internacional, que se constatara el sufrimiento que había tenido el pueblo de Cuba por las agresiones. Por eso se decidió televisar las pruebas testificales, que se realizaron durante los meses de junio y julio. Eso lo veía el mundo. Diariamente se informaba en el periódico cómo era el juicio; cuatro periodistas cubanas reportaban desde el lugar. Además, se trasmitió en vivo por la televisión y lo retransmitían en horas de la noche; la sentencia se publicó íntegramente en el periódico Granma, sus más de cien páginas. Por la publicidad de la sentencia, es evidente que el gobierno norteamericano no puede decir que no la conoce, pues está publicada en un periódico de circulación nacional.
¿Es legal hacer un juicio cuando falta una de las partes, en este caso la demandada?
Sí. La ley prevé que cuando las personas no comparecen, se les declara en rebeldía. Eso es perfectamente legal. El proceso se decide en ausencia de esa parte. Eso es así en todos los sistemas de derecho de cualquier parte del mundo. Y el proceso se desarrolla de esa manera porque las personas no están obligadas a comparecer. Ahora, si usted no va a defenderse, eso puede tener su perjuicio, porque no estás oponiéndote a la demanda, aunque tampoco significa que la aceptas. Y el gobierno estadounidense fue emplazado debidamente a través de su Oficina de Intereses situada en este país y no se personaron.
¿Entonces esta demanda era legítima?
Es legítima porque las afectaciones ocurrieron en Cuba, en nuestro territorio, y un tribunal cubano es el tribunal competente para los casos que ocurren en territorio nacional, y por ejemplo, un avión de Cubana de Aviación es una extensión del territorio nacional, aunque lo hayan hecho explotar dentro de las fronteras aéreas pertenecientes a Barbados. Y a diferencia con la Ley Helms-Burton, es ilegítima porque no tiene jurisdicción, ya que autoriza que en tribunales norteamericanos se conozca de demandas por bienes situados en nuestro país.
¿Qué pruebas se propusieron en el juicio?
Fue impresionante la cantidad y calidad de las pruebas propuestas. Fueron reveladores los documentos desclasificados por el gobierno norteamericano. También se practicaron pruebas de testigos y de peritos, se documentaron los fallecimientos y la incapacitación de las víctimas de los hechos, el reconocimiento judicial de las personas, reproducciones fotográficas y en otros formatos, así como una prueba testifical amplísima de testigos provenientes de todo el territorio nacional.
Antes de 1999, ¿había realizado algún acto judicial con tantos testigos?
No. Ese ha sido el juicio en que a más testigos yo he tenido que tomar declaración, y el más impactante para mí. Tenía que haber testigos de cada hecho. Se le tomó declaración a familiares de los fallecidos, a los lesionados. En algún momento se valoró la factibilidad de que el propio Fidel Castro testificara como testigo, dada su memoria prodigiosa y su condición de testigo excepcional de la historia; sin embargo, se desechó la idea en aras de que la verdad histórica y legal emergiera y se legitimara en voz propia de las víctimas, y no de manifestaciones de la dirección del país, sobre la feroz política de Estados Unidos hacia Cuba.
Comente alguna dificultad que enfrentó como juez durante el proceso.
El país tuvo que desarrollar una logística tremenda para que los testigos de las agresiones vinieran desde todo el territorio nacional a declarar. Esas personas, de la tercera edad en la mayoría de los casos, nunca se habían enfrentado a un tribunal. Y por supuesto, se ponían nerviosos para declarar porque estaban ante uno, pero no había duda en lo que decían. A reserva de ese nerviosismo normal que tienen las personas en cualquier acto judicial, sobre todo personas que nunca han tenido ningún problema en esa esfera, el juicio se celebró en un sitio que de por sí impresionaba; a ello se le sumó la filmación en vivo y la presencia del público. Sin embargo, lo hicieron bien.
¿Qué sentía cuando escuchaba los testimonios?
Uno todos los días terminaba bien afectado porque la sensibilidad humana conducía a que lo sintieras, obviamente. Y es que los jueces somos seres humanos. Los que estábamos ahí sentados conocíamos los hechos por referencia, no los vivimos. Cuando los bandidos estaban en el Escambray, yo tenía 4 años. Crecí oyendo hablar de esos temas, pero ver a las personas que lo vivieron de verdad fue impresionante. Pero aunque uno estaba afectado, había que sobreponerse y continuar con el juicio.
¿Cuáles fueron los testimonios que más le impactaron?
El decir uno más que otro es abusar. Conocer a las víctimas que sufrieron las agresiones en carne propia siempre deja una tremenda impresión, siempre lo laceraba a uno, sobre todo, cuando las víctimas eran niños. Nemesia declarando cómo perdió a toda su familia… fue impresionante. La madre de Manuel Ascunce Domenech, que perdió a su hijito de 15 años, era una viejita, declarando. Juan Carlos Cremata, hablando sobre los hechos de Barbados, por el cual mucha gente se despertó con un familiar perdido, la esposa, los hijos. En los hechos relacionados con el dengue hemorrágico, las madres fueron a declarar sobre que sus hijos se le murieron. Fueron 101 niños perdidos por la introducción del dengue hemorrágico, y aunque hubiera sido solo uno, lo que tiene que ver con niños siempre causa tremenda conmoción. Ningún ser humano merece que le pase eso y mucho menos que otro ser humano se lo haga.
¿Cómo lograba levantarse día tras día, ir a juicio, sabiendo que iba a escuchar algo que lo iba a impactar?
Eso es normal en el trabajo de un juez, lo que en esta ocasión era una cuestión maximizada. El juez tiene que estar preparado para oír y trabajar de esa manera, arduamente, y después irse para la casa. Muchas veces se continuaba pensando cómo preparar el día posterior. Había que descansar para estar lo mejor posible al otro día. Pero no cabe duda que esas fueron jornadas que a uno le pusieron a prueba la energía y la preparación de estar consciente de lo que se estaba haciendo. Además, la trasmisión en vivo del juico añadía tensión y había que prepararse. Había que desempeñar bien la misión que nos encomendaron, por la importancia que tenía demostrarle al mundo que el gobierno norteamericano ha sido el gran agresor del pueblo cubano.
¿Qué huellas dejó este juicio para usted?
En lo profesional, me permitió comprender mejor lo importante que es la oralidad en el proceso judicial de la materia civil y familia. En Cuba hasta ese momento no era práctica en los procesos civiles la oralidad como principio de actuación, lo que confiere la oportunidad de que las partes se expresen, de que las personas den su testimonio, da una capacidad de entender lo importante que es el papel activo de los jueces en los procesos judiciales que hasta ese momento era muy burocrático. Este proceso motivó variar esa práctica, porque realmente es muy importante que el juez entre en contacto directo con los testigos, con las partes, para buscar mejor la verdad, que es lo más difícil.
En el plano personal, me permitió constatar completamente que lo que se dice del gobierno norteamericano sobre las agresiones a nuestro país es una verdad absoluta, no es un problema mediatizado por la prensa, sino que es real. Ahí testificaba la gente que le faltaba un brazo o una pierna, el que perdió a su madre, a su padre. Soy mejor juez después de eso.
¿Cuál es la trascendencia de la sentencia número 110 de 1999?
Legalmente es una condena que obliga al condenado a cumplirla. Esa es la trascendencia. Es la verdad escrita en un texto judicial. Nunca se había hecho una demanda de este tipo, contra el gobierno norteamericano. La sentencia resume la historia de agresiones contra el pueblo de Cuba desde los mismos inicios de la Revolución Cubana, agresiones documentadas, además, por papeles desclasificados del gobierno estadounidense, que sirvieron de prueba para la demanda. Por ejemplo, hay una prueba documental que es la declaración de la persona que introdujo el dengue hemorrágico en Cuba. Esta enfermedad fue introducida alevosamente en el país y dejó 158 muertos.
¿Esa sentencia es importante actualmente?
Sí. Más que la connotación económica del asunto, que es importante, lo otro es que queda refrendado judicialmente todo lo que pasó, la verdad judicial de las agresiones del gobierno norteamericano.