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El Sistema de Tribunales de Cuba ha sido coherente con las medidas orientadas por las máximas autoridades del país para la prevención y control de la COVID-19. Ofrecemos las declaraciones de la jefa del Departamento Independiente de Fuerza de Trabajo del Tribunal Supremo Popular (TSP), Karelia Martínez Rondón, acerca de cómo se aplican las indicaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) respecto al tratamiento laboral y salarial a los trabajadores en la situación epidemiológica actual.
¿Cuál es el tratamiento laboral y salarial para los trabajadores de los tribunales que se acogen a las modalidades del teletrabajo y trabajo a distancia y para aquellos que presentan alguna afección respiratoria o se encuentran aislados?
El Sistema de Tribunales implementó inmediatamente, en virtud de la indicación realizada por la presidencia del país, el Plan para la prevención y control del nuevo coronavirus, que se reforzó con una Carta circular emitida por el presidente del TSP, Rubén Remigio Ferro, el 23 de marzo de 2020. En ese sentido, nuestro sistema posee un gran número de trabajadores acogidos a la modalidad del trabajo a distancia, que es que la que más se está aplicando teniendo en cuenta el tipo de trabajo que efectúan, principalmente, los jueces y magistrados. De acuerdo a lo indicado por el MTSS, se les paga el 100% del salario y el estipendio por concepto de alimentación.
A los trabajadores con alguna afección respiratoria, inicialmente se les efectúa una autorización administrativa con el propósito de que reciban atención médica, luego se presenta un documento donde se hace constar el diagnóstico con la recomendación del médico para que se aísle o se cumpla otra decisión. Así se ha estado cumpliendo y ha dado resultado.
Respecto a la condición de interrupto para un trabajador, debo aclarar que esta tiene que ser concedida por la dirección de los tribunales, una vez valorada y analizada la situación y después de decidirse la imposibilidad del trabajo a distancia o la reubicación. A estos trabajadores se les concede el tratamiento establecido en el Código de trabajo e indiciado por el MTSS, o sea, se les retribuye en el primer mes el 100% de su salario, y a partir de los siguientes, el 60%.
¿Qué medidas se adoptan con quienes presentan factores de riesgo?
El Departamento Independiente de Fuerza de Trabajo, de conjunto con la Dirección de Seguridad y Protección del TSP y con la participación de los miembros del Grupo Temporal de Trabajo, realizó un levantamiento de las personas que forman parte de los trabajadores vulnerables, dígase, los mayores de sesenta años, los que padecen hipertensión, diabetes, los cardiópatas, las embarazadas o inmunodeprimidos. Se puntualizó con ellos la posibilidad del trabajo a distancia, y hoy la mayoría se ha acogido a esa modalidad.
¿Qué relaciones se han establecido con la Atención Primaria de Salud del territorio donde se encuentra enclavada la sede del Tribunal Supremo Popular?
Diariamente se realiza la pesquisa en todas las áreas del TSP por parte de las personas del Grupo Temporal de Trabajo encargadas de este monitoreo, y a quienes se detecten se remiten al centro de salud que existe en la demarcación, que es el policlínico Tomás Romay, con el cual tenemos un convenio de colaboración, previo a esta epidemia, que se ha cumplido eficientemente en esta situación.
Lamentablemente, todavía existen personas que no comprenden la necesidad de las medidas sanitarias, ¿qué les recomienda?
Recomiendo que concienticen la situación en la que está viviendo el país, por lo que debemos diariamente de velar por nuestra salud, por nuestra familia y así contribuir al bienestar de la institución, de la sociedad y del país. Insistimos en el cumplimiento de nuestro Plan de prevención y control y la evaluación diaria de las medidas adoptadas para frenar y vencer esta epidemia.
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