El arbitraje y su relación con el sistema judicial

Ana Iris Mariño Balmaseda
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Ranulfo A. A.
Derecho mercantil
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arbitraje

Con el propósito de brindar herramientas para armonizar el Derecho mercantil en el Caribe, juristas, investigadores y profesores universitarios de varios países se reunieron en La Habana, del 28 al 30 de junio del presente año.

El Hotel Nacional fue sede de las sesiones del evento, donde se debatieron cuestiones medulares para la región. Entre sus temas principales trató la importancia de la armonización del derecho mercantil en el Caribe, del arbitraje comercial internacional y de inversiones, la nulidad de los laudos arbitrales y el orden público económico, los principios para los contratos mercantiles y del seguro, el régimen de garantías y el capital de las sociedades mercantiles en Cuba, entre otros.

Francia, España, Estados Unidos y México respondieron a la convocatoria de la Sociedad Cubana de Derecho Mercantil de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, la Organización para la Armonización del Derecho Mercantil en el Caribe (OHADAC) y la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional.  

En representación del Sistema de Tribunales Populares participaron Liliana Hernández Díaz, presidenta de la Sala de lo Económico del Tribunal Supremo Popular (TSP); Ranulfo Andux Alfonso, juez de la mencionada sala; y Yolanda Pino Martínez, presidenta de la Sala de lo Económico del Tribunal Provincial Popular de La Habana.     

Ofrecemos en exclusiva las consideraciones del juez Andux Alfonso sobre el evento, algunas tendencias actuales en el arbitraje internacional y el lugar del sistema judicial en el arbitraje.

¿Qué es el arbitraje?

El arbitraje es una forma de solución de conflictos no judicial en el cual las partes lo acuerdan en las transacciones que realizan, de no someter el asunto, en caso de conflicto, a la jurisdicción de los tribunales. Se da en el ámbito del comercio internacional en los casos en que es posible, pues hay casos en que las disposiciones de la ley obligan a colocarlos solamente en el ámbito judicial. En Cuba, por ejemplo, existe la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional, que está adscripta a la Cámara de Comercio de la República de Cuba. Y existen otras formas. El seminario estuvo encaminado a la armonización del derecho mercantil en general, en el Caribe, con énfasis en el arbitraje.

¿Qué importancia le concede a armonizar el Derecho mercantil en la región?

En el evento se trató el Derecho mercantil desde la perspectiva de la integración, procurando la defensa coherente de los derechos y los intereses de la región, más allá de otras fórmulas tradicionales de encauzar el arbitraje. Ahí se trataron dos temas básicos: arbitraje comercial y arbitraje de inversiones. Este último ha traído serios problemas, sobre todo a los países del Sur, y lo que se busca es la coherencia de las proyecciones nacionales, en el ámbito de las relaciones comerciales y entre los Estados, atendiendo a las particularidades e intereses de la región.  

¿Qué importancia le atribuye al evento y qué temas usted destacaría?

El evento fue muy importante porque se gana información, por ejemplo, sobre el viraje que se está produciendo en el arbitraje, sus tendencias actuales. Ya no son demandados solamente los países del Sur, sino que estos comienzan a demandar a países del Norte como Alemania y España, que en estos momentos está sometido a un número importante de demandas. Y ahora, de buenas a primeras, los países del Norte, que crearon este mecanismo, comienzan a desmerecerlo y a restarle utilidad y casi que están preconizando su extinción. Y eso también impacta en los tribunales.

Uno de los temas que yo destacaría es el arbitraje de inversiones, relacionado con los acuerdos bilaterales y de inversión entre los países y que generalmente para los del Sur son bastante hostigados por procesos arbitrales muy dilatados y caros.

¿Dónde entra el sistema judicial en el arbitraje?

En el arbitraje solo participarían las partes y los árbitros que se designen o seleccionen. Pero si no se acata voluntariamente la decisión, entonces la ejecución hay que solicitarla en el ámbito judicial, así como su nulidad, frente a determinadas causas legalmente establecidas, que también tienen que solicitarse en esa vía. Nuestra ley contempla la asistencia de las medidas cautelares en el arbitraje. Este, una vez que se inicia o previo a iniciarse, las partes pueden solicitar del sistema judicial la adopción de determinadas medidas como aseguramiento a la decisión final que se adopte en el arbitraje.

¿Al Sistema de Tribunales Populares ha llegado alguno de estos casos?

En las instancias provinciales y en el TSP se han tramitado nulidades, ejecuciones, medidas cautelares y la adopción de medidas cautelares. No son procesos frecuentes por su naturaleza, pero como se aprecia, el arbitraje internacional sí impacta en el ámbito judicial.  

¿Cuáles considera los aspectos más negativos del arbitraje?    

Eso tiene que ver mucho con la misma naturaleza del arbitraje. Este no es institucional, como lo es el sistema judicial, ni tiene el andamiaje estatal con defensa de los derechos fundamentales. Los árbitros son elegidos por las partes, o por la autoridad que los designa; generalmente son abogados de los grandes despachos que representan determinados intereses, y el tema de la imparcialidad que comporta siempre en la solución de conflictos resulta cuestionable, porque su pensamiento, incluso más allá de la intención que puedan tener, está condicionado por la defensa de esos intereses. Y eso desmerece a los países del Sur, por supuesto, y encarecen el arbitraje.

Se ve como tendencia que las partes prefieren someter el asunto al sistema judicial por las garantías, la imparcialidad y agilidad del proceso, que someterlo al sistema de arbitraje, que es tan dilatado y se pone en entredicho la imparcialidad de los árbitros. Lo prefieren porque es más rápido, más seguro, más efectivo, gratuito. En la medida que el sistema judicial sea más eficiente, que las reformas estén dirigidas a realizar una tutela efectiva, cada vez más se producirá un desplazamiento del arbitraje hacia el sistema judicial.

Teniendo en cuenta esta tendencia, ¿cree usted que desaparecería el arbitraje?

No lo creo. En Cuba, por ejemplo, la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional logra muchos acuerdos; el sistema judicial, también. Las partes van porque así lo desean, y parten del supuesto de asumir la decisión arbitral, y esta es una alternativa efectiva, sin lugar a dudas, que requiere perfeccionarse. Estas fórmulas alternativas de solución de conflictos distinta a la judicial son fórmulas útiles, díganse la mediación, la conciliación y en este caso, el arbitraje. Por eso no creo que tiendan a desaparecer ni abogaría por ello, sería un error, creo que deben coexistir.

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